
Ajuste de Estatus Cubano (AOS)
El Ajuste de Estatus Cubano (AOS) permite a los ciudadanos cubanos (y a sus familiares elegibles) solicitar la residencia permanente legal (una Tarjeta Verde) en los Estados Unidos.
Según la Ley de Ajuste Cubano (CAA), los ciudadanos cubanos que hayan estado en los EE. UU. durante al menos un año y sean admisibles en el paÃs pueden solicitar el estatus de residente permanente, independientemente de su estatus migratorio al momento de su ingreso.
¿Quién es elegible para el ajuste de estatus cubano?
Usted puede ser elegible para el AOS cubano si:
✅ Eres de nacionalidad cubana (nacido en Cuba).
✅ Ha estado fÃsicamente presente en los Estados Unidos durante al menos un año después de su llegada (incluso si ingresó a los EE. UU. ilegalmente o sin inspección).
✅ Actualmente se encuentra en los EE. UU. y no está sujeto a motivos de inadmisibilidad (como delitos penales).
✅ Se le permitió ingresar a los EE. UU. (lo que incluye a aquellos que ingresaron con una visa o bajo el Programa de Refugiados Cubanos).
✅ Usted está solicitando como beneficiario derivado (cónyuge o hijo de un ciudadano cubano que ya está solicitando AOS).
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